La ficha Catastral es el documento que identifica un inmueble. Así como las personas tienen una cédula de identidad, una sucesión tiene un RIF sucesoral, los inmuebles tienen su equivalente en la ficha catastral.
Esta ficha va contener, sus características, ubicación, superficie de terreno y área de construcción en el caso de casas, valor catastral, sus límites y propietario actual.
Esto nos lleva directamente a determinar las causas que pueden llevar a la necesidad de su actualización, entre las cuales cabe mencionar: Fallecimiento del propietario original, surgiendo la necesidad que se actualice con la sucesión como nuevo titular de la propiedad, cambios estructurales en la construcción original, construcción de edificación anexa (caso de casas), o divisiones de los espacios, como sería el caso de una edificación en la que se establece régimen de propiedad horizontal con el registro del correspondiente documento de condominio. Además, debe actualizarse, al ser vendido el inmueble (hay nuevo titular) y finalmente hay Alcaldías que cuentan con ordenanzas que exigen la renovación cada cierto período de tiempo.
Ante la pregunta ¿Para que sirve? La respuesta es: Confiere al inmueble una nomenclatura o identificación técnica ante diversos entes, en particular los prestadores de servicios públicos (aseo, electricidad, telefonía etc.) que facilita no solo su determinación, sino su rápida ubicación para actividades de cobro, información y mantenimiento), apareciendo en los respectivos recibos y comprobantes. Por otra parte, cuando se va a enajenar o gravar un inmueble, la ficha catastral actualizada será uno de los recaudos primarios que exigirá el revisor legal, para que el registrador pueda tener información actualizada del inmueble objeto de la operación y quien o quienes son sus propietarios. También es un instrumento fundamental y necesario para el pago de los impuestos municipales.
El procedimiento para su actualización puede ser realizado en forma personal acudiéndose a la Oficina de Catastro Municipal o accediendo a la plataforma digital dispuesta por algunas alcaldías al afecto, permitiendo al usuario realizar la solicitud, cargar recaudos en PDF, realizar seguimiento en línea para finalmente obtener vía electrónica la ficha catastral actualizada. Para este último procedimiento el solicitante deberá crear usuario y contraseña y se pueden presentar dos situaciones: La primera, que el inmueble se encuentre registrado en el sistema y la segunda, que no lo esté, debiendo en este segundo caso buscar la opción de “Agregar Inmueble”. El procedimiento “On line” permite al solicitante hacer el seguimiento al trámite hasta obtener la actualización del documento.
¿Qué recaudos deben ser presentados presencialmente o en línea, según el caso?
1.- Cédula de Identidad vigente del propietario
2.- RIF (Registro de Información Fiscal) del propietario vigente
3.- Titulo de Propiedad debidamente protocolizado ante Oficina de Registro
Inmobiliario
4.- Ficha Catastral anterior
5.- Solvencia Municipal
6.- Croquis de Ubicación
¿Cómo se hace el pago de la Tasa Impositiva? Cuando es presencial, previa revisión de los recaudos consignados y cálculo de la tasa, se emite la planilla de pago respectiva para ser pagada ante las taquillas de pago dispuestas para tal fin, debiendo luego consignarse el recibo en la Oficina de Catastro ante la cual se adelanta el trámite.
Cuando realizamos el trámite “on line”, previa consignación y revisión de todos los recaudos el sistema genera la Planilla de Pago con el monto exacto a ser cancelado, pudiendo efectuarse el pago de la tasa en cualquiera d ellos bancos receptores indicados por la misma página, y efectuado el mismo se debe suministrar los datos del pago bancario en la página, para que el trámite continúe su curso.
El usuario podrá ingresar al portal con su usuario y contraseña y ver el status de la solicitud, pudiendo en el desarrollo del procedimiento llegar notificación de la Alcaldía requiriendo algún documento adicional o llamarlo para aclarar algún punto dudoso.
La culminación del proceso se da, cuando el solicitante recibe notificación por sistema o en su email, que el trámite ha terminado con éxito, prosiguiendo la descarga de la Ficha Catastral actualizada con sistema de seguridad de Código QR que garantiza su carácter auténtico.
Jesús Aponte Daza / Abogado egresado UCV
Profesor de Pre y Postgrado USM
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