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CERTIFICACIÓN DE GRAVÁMENES

Publicada el 6 de enero de 20246 de enero de 2024 por Jesus Aponte

   

El tema de hoy surge, por un cliente que nos busca para el asesoramiento legal-inmobiliario en la venta de un pent-house de su propiedad situado en la Urbanización Terrazas del Ávila, Municipio Sucre de Caracas, y el abogado de la compradora le exige una certificación de gravámenes con menos de treinta (30) días de expedida por el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN).

         Amigos y amigas, la certificación de gravámenes es una constancia en que se expresa si sobre el inmueble pesan gravámenes, medidas judiciales o cargas del algún tipo, y en caso afirmativo, contiene la correspondiente referencia a los datos de dichas medidas o gravámenes; expresando también un resumen de la tradición y señalamiento del propietario actual.

         ¿Cómo se obtiene?

         El trámite no es muy complicado, debes acceder a la página web del Servicio Autónomo de registros y Notarías (SAREN), para que en el renglón de trámites obtengas toda la información necesaria:

         Debes tener listos los recaudos siguientes:

1.- Cédula de identidad

2.- Documento de propiedad

3.- El formulario de solicitud debidamente lleno

4.- Ficha catastral

         ¿Dónde se solicita?

         Una vez que tengas toda la documentación en original y fotocopia debes dirigirte a la Oficina de Registro Inmobiliario respectiva, esperar tu turno y presentar los recaudos ante el funcionario registral y pago del impuesto correspondiente. Consignados los recaudos, te indicarán día y hora para el retiro de la Certificación.

         En la planilla de solicitud colocarás datos de identificación del solicitante, del propietario y datos de registro del documento de propiedad.

         En el caso que nos llegó al escritorio, el interés de la compradora, trasmitido a través de su representante legal, era que la certificación de gravámenes evidenciara, que sobre el inmueble objeto de la negociación, no existían hipotecas, medidas de embargo ejecutivo o prohibiciones de enajenar y gravar u otras cargas; y también constatar la titularidad registral de nuestro cliente.

         Es importante señalar, que cuando se vaya a adquirir un inmueble, contar con el asesoramiento de un abogado de confianza. En nuestro escritorio, nuestros clientes nos hacen llegar copia del documento de propiedad del inmueble que van a comprar, y uno de nuestros abogados se traslada a la Oficina de Registro Inmobiliario de la jurisdicción respectiva, específicamente al departamento de archivo y solicita el libro que contiene el documento de propiedad, procediendo a revisar la titularidad y verifica que no hayan notas marginales de  gravámenes o medidas judiciales, de lo cual posteriormente informamos a nuestro cliente para que compre con tranquilidad o de ser el caso, desista de la negociación.

Abogado Jesús Aponte

Egresado UCV

Postgrado en Derecho Mercantil UCV

Profesor de Postgrado USM

WhatsApp  0412 2098199  y  0412 3622732

     

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Categoría: Blog

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